lunes, 21 de marzo de 2016


CLASIFICACIÓN DE LOS  MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (MASC)


Los MASC son diversos y tienen características que de una u otra forma contribuyen en la solución de conflictos, es por eso que son clasificados de la siguiente manera:

NEGOCIACIÓN: es el proceso comunicacional que se da directamente entre las partes, sin la intervención de un tercero, cuando existen intereses comunes, diferentes y contrapuestos.
Tipos de negociación: -Distributiva: uno gana y otro pierde.
                                    -Colaborativa: ambos ganan.

TRANSACCIÓN: Es un arreglo directo con el fin de evitar un litigio de mayor gravedad y extensión, está estipulada en los artículos 2469.

 CONCILIACIÓN: En este caso, si bien las partes conservan el poder de decisión, interviene un tercero que facilita la comunicación entre ellas, pudiendo aconsejar, asesorar, proponer, recomendar, etc.
Los JUECES cuentan con estas facultades, sin que ello signifique prejuzgamiento -art. 36 inc.4 CPCC Pcia. Bs. As.-; durante el proceso laboral, conforme art.25 ley 11.653; en la vista de causa del proceso de familia -art.849 CPCC- y también los Consejeros de familia en la etapa previa y en la contenciosa -art.833 CPCC.
 En general es un acto procesal sin estructura, que se materializa a través de una audiencia.



http://image.slidesharecdn.com/mtodosalternativosdesolucindeconflictosmascpower-140927145218-phpapp02/95/solucion-9-638.jpg?cb=1411829703

Compuestos por aquellos medios en los cuales las partes enfrentadas someten la solución de sus conflictos a terceros que se encargan de resolverlos independientemente de la autonomía de la voluntad de las partes.

ARBITRAJE: Es un mecanismo por el cual los involucrados asignan a un tercero conocido como árbitro para que brinde solución a su disputa o enfrentamiento. La resolución arbitral debe ser acogida de forma voluntaria por ambas partes.
Las partes en conflicto acuden a un tribunal –formado por dos o tres jueces– para resolver sus diferencias. Ya, dependiendo del monto de la demanda y el laudo (decisión), ese proceso tiene los mismos efectos de una sentencia judicial. En arbitraje, los conflictos más comunes tienen que ver con lo comercial, derivados de contratistas.
A nivel derecho público (en el que una de las partes es el Estado), también está el incumplimiento contractual, en especial contratos de infraestructura o prestación de servicios.

AMIGABLE COMPOSICIÓN: Mecanismo mediante el cual dos o más personas le encomiendan a uno o varios terceros que actúan como sus mandatarios, la resolución del conflicto que los enfrenta. Estas personas se denominan amigables componedores y cuentan con un reconocido prestigio, trayectoria y solvencia moral para decidir la forma en que deben resolverse las controversias.

DEFENSOR DEL CONSUMIDOR: Mecanismo por el cual las entidades financieras están obligadas a tener una persona para dirimir un conflicto, cuando este se presente y de esa manera tomar las decisiones que son vinculantes para la entidad financiera

Referencias: 
Habilidades para la Negociación de y el manejo del conflicto: Introducción a los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos. Institución Universitaria Politécnico Grancolombiano.  

 http://www.mpba.gov.ar/web/contenido/METODOS%20ALTERNATIVOS%20DE%20RESOLUCION%20DE%20CONFLICTOS.pdf


Participación: Jorge Armando Sarta V. y Rosario Rosero.
                             
                                                                         

.




No hay comentarios:

Publicar un comentario